LOS INVISIBLES
HOLOCAUSTO DE 29.782 ANCIANOS EN RESIDENCIAS
Dos ancianos en una residencia
Los ancianos no recibieron el calor humano que necesita una persona indefensa y asustada , al contrario, los encerraron en sus habitaciones durante días hasta que perdieron la vida aporreando las puertas.
Negarles el auxilio sanitario a los ancianos, no es solo una discriminación por la edad, ( edadismo ) es un acto judicializable, y por todas las circunstancias que concurren, es constitutivo de Delito Criminal.
EL PROTOCOLO DE LA VERGÜENZA
En marzo 2020, diez responsables del Área de la Salud de Catalunya, legitimaron un acto criminal, redactando un Protocolo eugenésico que confirma que los ancianos son objetos inservibles, y por lo tanto "prescindibles".
Sin más, los puntos que contempla el Documento en cuestión, que validaron las medidas más inhumanas a tomar, fueron estos:
- La Consejería de Salud del Gobierno Nacionalista de Catalunya, hizo llegar un documento al personal del SEM y a los hospitales catalanes, para que no se ingresaran en la UCI a los pacientes con coronavirus, que tuvieran más de 80 años, en otras palabras, se decretó la muerte de un grupo entero de la población de Catalunya. Se autorizaba a suministrarles Midazolá, lo que equivale a darles muerte por sedación.
- El documento fue filtrado por Barcelona TV, y de él se hicieron eco un reducidísimo numero de medios de comunicación, algo normal, pues es sabido la proverbial sumisión de los medios de comunicación de Catalunya al Gobierno nacionalista.
- El documento emanado del Departamento de salud del Gobierno de Catalunya, indicaba que el personal sanitario debería priorizar los recursos para aquellos pacientes que no se pudieran beneficiar de ellos en términos de años salvados, y además deberían evitarse los ingresos de pacientes con escasos beneficio e insuficiencia respiratoria aguda.
- El texto utiliza el eufemismo "limitación del esfuerzo terapéutico" para designar la condena a muerte de sectores enteros de la población a los que se encuadra bajo el término de pacientes con sospecha de Covid-19 e insuficiencia respiratoria aguda.
- El Documento fechado el 24 de marzo 2020 pretende mantener una ética en la toma de decisiones basada en ofrecer los recursos a pacientes que más se puedan beneficiar de ellos en términos de años de vida salvados, máxima supervivencia al alta, evitar ingresos de pacientes con escasos beneficios, ya sea por patologías respiratorias por el Covid -19 o por otras patologías que condicionen el estado crítico. En otras palabras, no se van a prestar atención sanitaria a determinados grupos de pacientes.
- El texto señala que estas medidas pretenden evitar el fenómeno del primero que llega, el primero que ingresa, y afirma que la intensidad terapéutica de determinará según criterios objetivos de idoneidad y expectativas de resolución del proceso, en otras palabras, no se dará asistencia sanitaria a aquellas que se consideren que no la van a aprovechar durante más años que aquellos que sobrevivan.
- Aunque el Documento señala que la edad no ha de ser el único criterio que determina lo que denomina la limitación del esfuerzo, la realidad es que el texto marca la edad precisamente como factor decisorio para recibir atención médica y poder sobrevivir.
- Así, los pacientes de más de 80 años no recibirán más que oxigenoterapia con mascarilla, y si en 15 minutos no se produce su recuperación física, se le suministrará MIDAZOLÁ.
- Consultados dos médicos, uno estadounidense y otro español, han coincido que suministrar Midazolá a una persona con insuficiencia respiratoria, equivale a darle muerte mediante sedación, en otras palabras, el Gobierno nacionalista de Catalunya, ha decidido que los ancianos con más de 80 años, serán privados de respiradores, y en caso de no responder de forma positiva a solo 15 minutos de oxigenoterapia con mascarilla, se les dará muerte mediante sedación.
- Los pacientes entre 75 a 80 años, también estos recibirán solo quince minutos de oxigenoterapia con mascarilla. Si en quince minutos no presentan mejoras, también se les administrará MIDAZOLÁ, lo que tiene como resultado la muerte por sedación, es decir equivale a una ejecución.
- Los ancianos menores de 75 años, se someterán también al mismo tratamiento, es decir, recibirán quince minutos de oxigenoterapia con mascarilla. Si en 15 minutos no presentan mejoras, también se les administrará MIDAZOLÁ, lo que significa la muerte por sedación.
- El Documento señala, que el criterio medico puede imponerse sobre estas recomendaciones si está razonado, argumentado, y consensuado con los pacientes y familiares, una hipótesis que con una situación como la que se daba, es del todo imposible que pudiera llevarse a cabo, ya que ni siquiera las familias tenían permiso de la Directora para entrar en las residencias y consensuar este tipo de decisiones con los médicos, que por otra parte tampoco habían.
- En las residencias, al no ser centros sanitarios, sino sociosanitarios, no existen los medios sanitarios que se citan en el Protocolo. Si se prohibía desplazar a los ancianos a las UCI, y las residencias tampoco contaban con los materiales sanitarios indicados, significaba literalmente que condenaban a muerte a miles de ancianos.
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